
Nuevas Medidas en hosteleria:
En establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público se establece un aforo máximo del 50%.
En establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas:
a) El aforo máximo será del 50% en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores.
b) No se permitirá el consumo en barra.
c) Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas.
d) La ocupación máxima será de 6 personas por mesa o agrupación de mesas.
En previsión de las posibles medidas que pueda adoptar próximamente el Consejo Interterritorial del Sistema nacional de Salud: El cierre de los establecimientos se producirá a las 21:00 horas, salvo farmacias, supermercados, y actividades de teatro y cine, así como otros establecimientos que provean de bienes y servicios de primera necesidad y establecimientos que presten servicio de comida a domicilio, respecto a estos servicios exclusivamente.